El cliente y el diseñador profesional deben ser conscientes de las leyes y regulaciones que afectan y protegen al diseño.
Hay dos formas básicas de proteger al diseño:
Copyright
El Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), protege al autor como creador de la obra.
Art. 1 TRLPI: “La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”.
Para que esa obra sea registrada y protegida requiere un gran requisito: la originalidad. Es entonces, cuando se recomienda la inscripción de la creación en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Los autores españoles titulares de una obra poseen los derechos morales y los de explotación:
Los derechos morales son irrenunciables e inalienables. En el TRLPI quedan recogidos como derechos de publicación, paternidad, integridad de la obra, retirada y acceso.
Los derechos patrimoniales exclusivos (más conocidos como derechos de explotación), se podrán ceder a terceros, generalmente, a cambio de un precio. El TRLPI concreta estos derechos, que son cuatro: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. La transmisión de estos derechos podrá realizarse de manera exclusiva o no exclusiva.
El aviso de copyright © sirve como información pública. No es imprescindible, pero es aconsejable utilizarlo para que el mercado pueda identificar el trabajo, el autor y la fecha de creación, y no haya confusiones sobre la titularidad de la obra.
En caso de vulneración del copyright, el propietario del © tiene derecho a interponer un interdicto. Puede solicitar en el juzgado daños compensatorios, el pago de beneficios obtenidos por la parte infractora y solicitar la entrega y destrucción de los elementos fruto de la infracción.
El periodo de protección del derecho de copyright se establece de forma uniforme en la Unión Europea hasta los 70 años posteriores a la muerte del creador.
Leyes de marca comercial y patentes
Los derechos comerciales de protección son la denominada “propiedad industrial”, que protege creaciones como las patentes, los diseños industriales, los diseños modelos o las marcas.
El diseño registrado en España protege sólo a la forma externa, y el único requisito previo es que la producción creativa sea nueva y única.
Una marca comercial registrada facilita la identificación y el reconocimiento público de productos o servicios procedentes de una empresa concreta y permite la distinción entre otras empresas similares. Los tipos más frecuentes de marcas son palabras (nombres de marcas) o diseños (logos).
El registro se realiza en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y ofrece un periodo de protección legal de 10 años a partir de la fecha de la inscripción, pudiendo ser renovado indefinidamente por nuevos periodos de 10 años.
El titular de la marca comercial tiene la libertad de usar el símbolo ® a nivel de información pública, pero a nivel legal los derechos proceden exclusivamente del registro en la OEPM. Por eso, una marca comercial siempre debe gozar de protección legal formal.
Si la marca va a ser internacional, se puede solicitar el registro de una marca comercial de la Unión Europea y también de una marca comercial internacional. El periodo de aprobación es mucho más largo y los costes más elevados.